El Real Decreto 27/2000 ofrece a las Empresas con obligación de respetar una cuota de reserva del 2% de su plantilla a personal con discapacidad una serie de medidas alternativas orientadas a establecer relaciones comerciales con un Centro Especial de Empleo.
Estas medidas se resumen en tres posibilidades y por una cuantía establecida en el real decreto:
- Compra de bienes y/o servicios a un Centro Especial de Empleo.
- Realización de un contrato mercantil para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
- Donaciones y acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario.
El importe anual de los contratos mercantiles o civiles con C.E.E. de las medidas 1 y 2 serán al menos 3 veces el salario mínimo interprofesional anual por cada trabajador minusválido dejado de contratar por debajo de la cuota del 2 por 100.
El importe anual de la medida alternátiva 3 sera al menos, de un importe de 1,5 veces el salario mínimo interprofesional anual por cada trabajador minusválido dejado de contratar por debajo de la cuota del 2 por ciento.
Desde el Centro Especial de Empleo de Aspace Bizkaia queremos ofrecerles nuestra colaboración y nuestros servicios a las empresas afectadas por el referido decreto.